Fideicomiso honorario : un fideicomiso sin persona beneficiaria : su análisis a la luz de la teoría del negocio jurídico /

El Common Law inglés es un sistema jurídico cuyas particularidades son el resultado de un proceso que dio inicio con la Conquista Normanda de Inglaterra durante la Edad Media. Este sistema evolucionó y dio paso a la creación de una estructura bipartita de cortes: las cortes de Common Law y las c...

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Bibliographic Details
Main Author: Medina Alvarado, Eduardo (Autor/a)
Other Authors: Pérez Vargas, Víctor Guillermo 1948- (Director/a del TFG)
Format: Thesis Book
Language:Spanish
Published: San José, C.R., 2007.
Subjects:
Online Access:Ver documento en repositorio
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260 |a San José, C.R.,  |c 2007. 
300 |a vi, 164 hojas. 
502 |a Tesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2007. 
520 3 |a El Common Law inglés es un sistema jurídico cuyas particularidades son el resultado de un proceso que dio inicio con la Conquista Normanda de Inglaterra durante la Edad Media. Este sistema evolucionó y dio paso a la creación de una estructura bipartita de cortes: las cortes de Common Law y las cortes del Equity Law. Bajo la jurisdicción del Equity surgió la figura del Use, la cual más adelante se transformaría en lo que actualmente se conoce como Trust. El Trust es una figura jurídica que en los sistemas del Common Law secciona al derecho de propiedad, de manera que una persona posee la propiedad legal sobre determinados bienes, los cuales administra en beneficio de otra persona quien tiene la propiedad en equidad de dichos bienes. Las partes que generalmente integran un trust son: A) El Settlor, es la persona que constituye el trust; B) el trustee, es la persona que administra los bienes del trust y ostenta el dominio legal sobre los mismos y C) Cestui que trust, es la persona que recibe el provecho económico de los bienes y posee el dominio en equidad sobre estos. Los trusts se dividen en expresos e implicitos. Trusts expresos son aquellos que nacen producto de la declaración de voluntad de las partes involucradas. Los trusts expresos se subdividen en trusts privados y trusts públicos o caritativos. Los trusts implícitos son aquellos que nacen por ministerio de ley. Estos trusts se subdividen en trusts resultantes y trusts impuestos. La jurisprudencia y doctrina, tanto inglesas como norteamericanas, dividen a los Purpose Trusts en tres grupos: A) Trusts con fines caritativos; B) Trusts con fines ilicitos y C) Trusts con fines no-caritativos u honorary trusts. En lo que respecta a los honorary trust, el tratamiento dado ha este tema ha sufrido cambios a lo largo de los años, sobre todo en los Estados Unidos de Norteamerica. Sin embargo, es posible agrupar esos cambios en tres períodos: 1.Antes del Restament of Trusts de 1935... 
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