Corte Interamericana de Derechos Humanos, & Corte Interamericana de Derechos Humanos. (1987). Garantias judiciales en estados de emergencia: (arts. 27.2, 25 y 8 Convencion Americana sobre Derechos Humanos); Opinion consultiva OC- 9/87. San José, C.R.: Secr. de la Corte.
Citación estilo ChicagoCorte Interamericana de Derechos Humanos, y Corte Interamericana de Derechos Humanos. Garantias Judiciales En Estados De Emergencia: (arts. 27.2, 25 Y 8 Convencion Americana Sobre Derechos Humanos); Opinion Consultiva OC- 9/87. San José, C.R.: Secr. de la Corte, 1987.
Cita MLACorte Interamericana de Derechos Humanos, y Corte Interamericana de Derechos Humanos. Garantias Judiciales En Estados De Emergencia: (arts. 27.2, 25 Y 8 Convencion Americana Sobre Derechos Humanos); Opinion Consultiva OC- 9/87. San José, C.R.: Secr. de la Corte, 1987.