Oficina Internacional del Trabajo, & Oficina Internacional del Trabajo. (1960). Proyecto de convenio por el que se revisan parcialmente los convenios adoptados por la Conferencia General de la Organizacion Internacional del Trabajo en sus treinta y dos primeras reuniones, a fin de uniformar las disposiciones relativas a la preparación, por parte del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, de las memorias sobre la aplicación de convenios. Ginebra: OIT.
Citación estilo ChicagoOficina Internacional del Trabajo, y Oficina Internacional del Trabajo. Proyecto De Convenio Por El Que Se Revisan Parcialmente Los Convenios Adoptados Por La Conferencia General De La Organizacion Internacional Del Trabajo En Sus Treinta Y Dos Primeras Reuniones, a Fin De Uniformar Las Disposiciones Relativas a La Preparación, Por Parte Del Consejo De Administración De La Oficina Internacional Del Trabajo, De Las Memorias Sobre La Aplicación De Convenios. Ginebra: OIT, 1960.
Cita MLAOficina Internacional del Trabajo, y Oficina Internacional del Trabajo. Proyecto De Convenio Por El Que Se Revisan Parcialmente Los Convenios Adoptados Por La Conferencia General De La Organizacion Internacional Del Trabajo En Sus Treinta Y Dos Primeras Reuniones, a Fin De Uniformar Las Disposiciones Relativas a La Preparación, Por Parte Del Consejo De Administración De La Oficina Internacional Del Trabajo, De Las Memorias Sobre La Aplicación De Convenios. Ginebra: OIT, 1960.