Enviar Registro por Correo electrónico: La efectiva operatividad del sobrante del remate en las ejecuciones en vía de apremio con garantía hipotecaria, a favor del ejecutado promovidas por personas individuales o jurídicas, a través de la reforma del Artículo 312 segundo párrafo, del Decreto Ley 107, Código Procesal Civil y Mercantil.