Enviar Registro por Correo electrónico: Necesidad de reformar el Artículo 58 BIS de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, Decreto 19-2002, para incluir una sanción a todas aquellas entidades bancarias guatemaltecas que no obtengan una calificación aceptable en cuanto a la evaluación de riesgo con el objetivo de proteger a los cuentahabientes.