Sumario: | El contrato de leasing ha sido señalado como un simple arrendamiento o como una compra con reserva de dominio. Pero cuando se realiza un estudio pormenorizado de su estructura y de sus elementos se puede determinar que se diferencia de éstas y otras figuras por tener la posibilidad el tomador de adquirir el bien objeto del contrato al finalizar el término del arriendo y ceder el derecho de uso y goce por un tiempo determinado por las partes, ya sean dos o tres personas las que participen dependiendo de la modalidad de que se trate. En el contrato de leasing intervienen tres sujetos: 1) El Tomador: Es la persona fisica o jurídica que recibe el uso y goce del bien dado en Leasing. 2) El Dador: Es en la generalidad de los casos, quién adquiere en propiedad los bienes que el tomador le indica para luego otorgarle el uso y disfrute de los mismos durante el plazo convenido en el contrato. 3) Proveedor: Conocido también como fabricante; es el sujeto que provee de los bienes que le serán dados en Leasing al tomador a escogencia de este último. El contrato de leasing es un contrato consensual, plurilateral, oneroso, no formal, conmutativo, de tracto sucesivo, de adhesión, innominado y principal. Las características funcionales que el leasing posee se pueden resumir de la siguiente manera: es un convenio financiero, de empresa, de cambio y de equiparniento. Se pueden distinguir en el contrato de leasing tres etapas básicas que se suceden en el tiempo cuales son: Etapa precontractual, Etapa contractual y Tercera etapa: Compuesta a su vez por cuatro posibilidades en favor del tomador: la restitución, la renovación, la sustitución del contrato por otro y el ejercicio de la opción de compra según las condiciones pactadas. Las cuotas periódicas de amortización deben figurar para el tomador como gastos dentro del balance. Por su parte, el dador deberá incluir el bien objeto del contrato dentro de su activo fijo. La cuota periódica es deducible...
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