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LEADER |
03248nam a2200313 a 4500 |
001 |
000035796 |
005 |
20250225092119.0 |
008 |
060901s2006 cr grm ||||| spa d |
035 |
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|a 8619913
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040 |
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|a Sistema de Bibliotecas de Universidad de Costa Rica
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099 |
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9 |
|a TFG 26895
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100 |
1 |
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|a Duarte Tenorio, Róger Antonio
|e Autor/a
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245 |
1 |
3 |
|a El reconocimiento artesanal en el derecho de autor costarricense /
|c postulante Róger Antonio Duarte Tenorio ; Aaron Montero Sequeira, director.
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260 |
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|a [San Ramón, C.R.],
|c 2006.
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300 |
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|a x, 104, [7] hojas.
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502 |
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|a Tesis (licenciado en derecho)--Universidad de Costa Rica. Sede Regional de Occidente. Facultad de Derecho, 2006.
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520 |
3 |
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|a Título primero: La propiedad intelectual y el derecho de autor. Este trabajo de investigación se inicia con una breve reseña histórica de la figura de la Propiedad Intelectual y sus los tres enfoques conceptuales. Pero no podríamos estudiar la PI sin conocer su evolución histórica, ya que la primera protección que existió fue la Real y paralelamente la eclesiástica, estas se fortalecieron con la inesperada invención de Gütenberg, que facilito la reproducción en serie de documentos, también trajo el espectro antijurídica del plagio, que fue detenido por la primera manifestación normativa legal conocida que fue el "Statu of Anne". Con la expresión "Propiedad Intelectual" se refleja la posición de los iusnaturalistas del siglo XVIII; estos consideraban al DA como una propiedad legítima y natural. También se dio el intento de unificar el concepto de la figura PI, que contemplaba dos aspectos fundamentales: el moral y el patrimonial. Para el Derecho Positivo la expresión "Propiedad Intelectual" nunca ha dejado de presentar serios inconvenientes, primero porque los ordenamientos no le dan esa expresión el mismo sentido ni igual cobertura. No obstante la denominación "Propiedad Intelectual" fue utilizada por primera vez en los Convenios de Berna y París, en ellos se procuró identificar la naturaleza jurídica de la PL porque no existía una visión unánime de esta figura. En la actualidad la PI es tratada como un tipo de Propiedad Especial, sin embargo lo apropiado sería referirse a " propiedades" más que "propiedad". A pesar de no existir un certero origen del DA, si podemos analizar las relaciones de este derecho realizadas por Cicerón, quien en su obra "Los Tópicos", se refiere a lo que llama "cosa incorpórea"; con ella demuestra el balance entre el interés público con el interés del creador de la expresión, así mismo define al DA como el cuerpo de leyes que se concede a los autores...
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650 |
0 |
7 |
|a ARTESANOS
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650 |
0 |
7 |
|a DERECHOS DE AUTOR
|x ASPECTOS LEGALES
|z COSTA RICA
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700 |
1 |
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|a Montero Sequeira, Aaron
|e Director/a del TFG
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856 |
4 |
1 |
|u https://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/5543
|y ver documento en repositorio
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900 |
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|a 2006
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912 |
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|a 23-FEB-2009 - MOREIRA PEREZ, MARIA CECILIA
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917 |
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|a 01-SEP-2006 - CAMACHO ALFARO, ROSA ISELA
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949 |
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|a MEC -ASV
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916 |
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|a Centro Catalográfico
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907 |
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|a Facultad de Derecho
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919 |
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|a Ciencias Sociales
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921 |
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|a proyecto fin de carrera
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