La utilización de ingresos estatales como garantía de liquidez para el financiamiento de obras de infraestructura públicas : el caso de la ampliación y de la modernización de la refinería en Moín /

El objeto de la investigación se ha enfocado en comprobar que es legalmente posible comprometer los ingresos de RECOPE que resultan de la venta de combustibles en el país, para garantizar la liquidez de un proyecto de infraestructura pública, mediante la utilización de figuras contractuales típ...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Chaves González, Irene 1990- (Autor/a)
Otros Autores: Solano Coto, Erick 1982- (Director/a del TFG)
Formato: Tesis Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: San José, Costa Rica, 2018.
Materias:
Acceso en línea:ver documento en repositorio
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099 9 |a TFG 42703 
100 1 |a Chaves González, Irene  |d 1990-  |e Autor/a 
245 1 3 |a La utilización de ingresos estatales como garantía de liquidez para el financiamiento de obras de infraestructura públicas :  |b el caso de la ampliación y de la modernización de la refinería en Moín /  |c Irene Chaves González ; Erick Solano Coto, director. 
260 |a San José, Costa Rica,  |c 2018. 
300 |a ix, 166 hojas :  |b ilustraciones en blanco y negro. 
502 |a Tesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2018 
520 3 |a El objeto de la investigación se ha enfocado en comprobar que es legalmente posible comprometer los ingresos de RECOPE que resultan de la venta de combustibles en el país, para garantizar la liquidez de un proyecto de infraestructura pública, mediante la utilización de figuras contractuales típicamente mercantiles, como lo es el fideicomiso de garantía. No obstante, dicha habilitación legal se encuentra constreñida a la comprobación y al acaecimiento de una serie de condiciones. En primera instancia, la LAFRPP dispone la necesidad de contar con una norma habilitante que permita la suscripción de tal contrato; disposición que sirve como medida de protección de los fondos públicos. Empero, no es imprescindible una habilitación literal, mas la existencia de una competencia pública sobre la cual se pueda derivar dicha prerrogativa. Concretamente, si bien RECOPE no cuenta con una norma expresa que la autorice para constituir fideicomisos de garantía públicos, sí tiene la opción de ampliar sus instalaciones con el fin de lograr la refinación, el transporte y la comercialización del petróleo y sus derivados. Entonces, de una interpretación de esta prerrogativa, se concluye que la institución tiene aval para suscribir cualquier contrato, que tenga como objetivo la consecución de propias competencias. Bajo este razonamiento, la PGR ha aceptado la utilización del artículo 3 de la LCA como norma que faculta la satisfacción del fin público. También, la invocación de figuras contractuales específicas debe acompañarse de justificación técnica y financiera, que acredite la conveniencia y las razones que aseveren una correcta satisfacción del fin público. Por lo tanto, la sola existencia de regulación que permita su uso no siempre deriva en que, la Institución tenga la capacidad de emplearla, pues la presencia de otros aspectos es vital. Se tiene por comprobado que el contrato de fideicomiso de garantía puede emplearse... 
650 0 0 |a FINANCIACION DE PROYECTOS 
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856 4 1 |u https://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/5631  |y ver documento en repositorio 
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