El delito de tortura cometido por los agentes policiales del sistema penitenciario costarricense /

A grandes rasgos, la tortura es vista como un padecimiento, que de forma innecesaria y voluntaria, se le provoca a una persona con el objetivo de obtener algo de ella. Es una práctica de deshumanización, la cual afecta directamente a la dignidad humana. Una práctica que lacera. En los centros pen...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Díaz Arias, Lauren Andrea 1990- (Autor/a)
Otros Autores: Herrera Barquero, Víctor Hugo 1990- (Autor/a), Gatgens Gómez, Erick 1969- (Director/a del TFG)
Formato: Tesis Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: [San José, Costa Rica], 2019.
Materias:
Acceso en línea:Ver documento en repositorio
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520 3 |a A grandes rasgos, la tortura es vista como un padecimiento, que de forma innecesaria y voluntaria, se le provoca a una persona con el objetivo de obtener algo de ella. Es una práctica de deshumanización, la cual afecta directamente a la dignidad humana. Una práctica que lacera. En los centros penales, en el ejercicio común y legítimo de las funciones administrativas, pueden darse actos crueles, inhumanos y degradantes, incluso desde el punto de vista coloquial con actos de tortura, sin embargo, no necesariamente son hechos que desde la figura típica del delito de tortura puedan considerarse como tal. Es en este sentido, que la violación de los derechos a la dignidad e integridad de estas personas, especialmente cometida por agentes policiales dentro de los centros penitenciarios costarricenses, se constituye en un problema de interés, tanto para la academia como para el Estado costarricense. En el año 2001, como parte de una corriente internacional de interés en el tema, el legislador costarricense planteó una solución: la inclusión del tipo penal de tortura del artículo 123 Bis en el Código Penal. Ahora bien, tan solo en el 2019, las cifras de hacinamiento y sobrepoblación carcelarias han llegado a superar en un 50%, la capacidad de alojamiento en los centros penitenciarios existentes; siendo aquellos, potenciadores de la tortura, y en sí mismos actos crueles, inhumanos y degradantes. Aunado a ello, en los últimos dos años, se han presentado alrededor de mil recursos de amparo y hábeas corpus, ante la Sala Constitucional en temas penitenciarios, no obstante, desde la aprobación del art. 123 bis del Código Penal, han sido pocos los casos que han llegado a la sede judicial penal, para discutir la configuración del delito, principalmente, en el caso de actuaciones de los agentes policiales. Existe un único caso ocurrido en lo interno de un centro penitenciario, el cual hasta la fecha continúa sin una individualización clara... 
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