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| LEADER |
03164nam a2200301 a 4500 |
| 001 |
000742376 |
| 005 |
20250226091422.0 |
| 008 |
250130s2023 cr grm ||||||spa d |
| 040 |
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|a Sistema de Bibliotecas del Universidad de Costa Rica
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| 099 |
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9 |
|a TFG 49323
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| 100 |
1 |
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|a Rodríguez Pérez, Raquel
|d 1997-
|e Autor/a
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| 245 |
1 |
3 |
|a El principio de la tutela de la realidad en el derecho de familia y su desarrollo en el Código Procesal de Familia /
|c Raquel Rodríguez Pérez ; informante Eddy Rodríguez Chaves.
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| 260 |
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|a Guanacaste, Costa Rica,
|c 2023.
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| 300 |
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|a x, 226 hojas.
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| 502 |
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|a Tesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Costa Rica, 2023
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| 520 |
3 |
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|a La elección de este tema, "El principio de la tutela de la realidad en el Derecho de Familia y su desarrollo en el Código Procesal de Familia", surge de la necesidad existente de una mejor aplicación de los principios expuestos en la legislación nacional; en este caso, el principio de tutela de la realidad; expuesto en el artículo 316 de dicho código. Sin embargo, dentro de este artículo se vislumbra un desarrollo escaso del principio, el cual carece de precisión y especificación con respecto a la temporalidad en el que puede ser aplicado. El hecho de que la norma solamente haga referencia a un «tiempo prolongado» en el que pueda darse uso dicho principio, crea una ambigüedad, indeterminación e imprecisión bastante inadecuada en el Derecho. No se sabe con exactitud en qué tiempo se debe y se puede ejecutar el principio de tutela de la realidad. Por tal razón, es necesario demarcar, especificar, precisar, cuánto es el tiempo que se utilizará para la aplicación del principio. A falta de especificación y precisión en cuanto a la determinación del tiempo, podría ocasionar serias confusiones en el Derecho. Esto generaría distintas y numerosas direcciones a tomar, debido a que el Derecho es una ciencia que depende de la apreciación, interpretación, y análisis del que lo utiliza y lo hace valer. Es de esta forma que la razón de investigar y analizar el principio de tutela de la realidad se ha originado (tomando en cuenta y abordando lo que contiene, significa, y su aplicación dentro del Código Procesal de Familia) con el objetivo de determinar la naturaleza, los elementos que lo comprenden, su alcance, y el adecuado cumplimiento de dicho principio en el Derecho de Familia costarricense. Hipótesis Se establece como hipótesis que, la Asamblea Legislativa, por una incompleta (e ineficaz) revisión, observación, y comprobación de la norma, dio cabida al origen de tal vacío legal (también llamado "laguna jurídica") en la...
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| 650 |
0 |
7 |
|a DERECHO DE FAMILIA
|x LEGISLACION
|z COSTA RICA
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| 650 |
0 |
7 |
|a TUTELA
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| 650 |
0 |
7 |
|a DERECHO PROCESAL
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| 650 |
0 |
7 |
|a PATRIA POTESTAD
|z COSTA RICA
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| 650 |
0 |
7 |
|a CUSTODIA DE NIÑOS
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| 700 |
1 |
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|a Rodríguez Chaves, Eddy
|d 1971-
|e Director/a del TFG
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| 900 |
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|a 2025-O
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| 907 |
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|a Facultad de Derecho
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| 919 |
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|a Ciencias Sociales
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| 921 |
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|a proyecto fin de carrera
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| 916 |
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|a Centro Catalográfico
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| 949 |
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|a LRS -IAP
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