Facultad del procurador pra la defensa de los Derechos Humanos para demandar al estado salvadoreño ante organismos internacionales de protección de derechos humanos. /

Esta investigación tiene como objetivos analizar los alcances del ámbito de la competencia del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, en su labor de velar por el respeto y garantía de los derechos humanos. Así como también fundamentar la facultad que tiene el Procurador para denunciar a...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Hernández, Erick Francisco (autor.)
Otros Autores: Rubi Munguía, Juan Francisco (autor.), Portillo Cárcamo, Pedro Noel (autor.), Saravia Segovia, Carlos Armando (asesor.)
Formato: Tesis Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: San Miguel : U.E.S, 2011.
Acceso en línea:Recurso Electrónico (PDF)
Repositorio Institucional (UES)
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520 |a Esta investigación tiene como objetivos analizar los alcances del ámbito de la competencia del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, en su labor de velar por el respeto y garantía de los derechos humanos. Así como también fundamentar la facultad que tiene el Procurador para denunciar al Estado, ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos. Teniendo en cuenta lo complejo en la recopilación de información sobre el objeto de estudio, que tiene que ver con la protección internacional de los Derechos Humanos; debido a que se trata de una de las ramas del derecho más modernas, la cual tiene su base en la norma jurídica pero sobre todo en fundamentos empíricos o filosóficos, por lo tanto esta en constante progreso sus alcances. De tal manera que es fundamental tratar de explicar la metodología a utilizar en la investigación documental y de campo, para lo cual se hará uso de diferentes métodos y técnicas. En este sentido, el método es un elemento necesario para llevar a cabo satisfactoriamente el adecuado desarrollo de las diferentes actividades de la investigación. El método que se utilizara en forma concreta, es el Método Científico, entendiéndose por este ―el Procedimiento, para descubrir las condiciones en que se presentan sucesos específicos, caracterizado generalmente por ser más tentativo, verificable, de razonamiento riguroso y observación empírica. Además las investigación se auxiliara del método hipotético deductivo, entendiéndose por este ―Un Método que parte de planteamientos generales como conceptos y teorías para declinar consecuencias o deducciones comprobables empíricamente. Este método servirá para dar respuesta a las hipótesis y a los objetivos planteados en la investigación, y ayudara a tener una mejor comprensión de la temática de estudio. También se utilizara el método comparativo es la aplicación del método de la topología constructiva a aquellos problemas de derechos humanos, en el análisis de la problemática jurisdiccional y cuasi jurisdiccional que presenta el Procurador. Esto ayudara a conocer de qué manera puede actuar el Procurador, luego de agotados los mecanismos internos de protección a Derechos Humanos. Así como también el Método de la síntesis: se constituye como el modo más fácil de relacionar temas u opciones de diversos autores u organismos referentes a un tema; permite decir mucho en pocas palabras tendremos en cuenta este método al momento de analizar la presente investigación. Por ultimo se utilizara el Método de análisis; este parte de aquellas ideas fundamentales para una investigación y que permite dar opciones o referencias acerca de una u otra temática institucional. En la investigación, será fundamental para sacar conclusiones y recomendaciones en el tema objeto de estudio. CONCLUSIONES: Con respecto a las competencia y atribuciones del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, establecidas en el Art. 194.I Cn, se considera que estas, tienen un carácter amplio; así el ejercicio y realización de las funciones de “velar por el respeto y la garantía a los Derechos Humanos” y la de ―supervisar la actuación de la Administración Pública frente a las personas” (N° 1 y 7 del Art. 194.I Cn), por un lado, le da sustento a las demás atribuciones expresamente señaladas en la disposición constitucional antes citada, pero también da sustento a otras atribuciones que se consideran implícitas en tanto permiten la operatividad del cumplimiento de estas dos atribuciones expresamente citadas; permitiéndose por tanto, una interpretación extensiva si la finalidad de la misma es el cumplimiento de su mandato. Lo antes dicho, de ninguna manera riñe con lo preceptuado en el Art. 86 inc. Último de la Constitución, pues el mandato de velar por el respeto y garantía de los derechos humanos es expreso, y estos no se entender realizados de manera tan voluntaria y espontáneamente, sino que requerirán de la adopción de medidas tendientes a su realización. Así pues, sería desnaturalizada la función de un Ombudsman, que ve violaciones a los derechos humanos sin hacer nada porque sus resoluciones no son acatadas o poca importancia a estas se les da; obviamente que tal omisión o pasividad puede interpretarse como una violación a ese mandato común de todo funcionario público, previsto en el Art. 235 Cn, y que señala el deber de ―cumplir y hacer cumplir la Constitución, atendiéndose a su texto cualesquiera que fueren las Leyes, Decretos, órdenes o resoluciones que la contraríen”, sometiéndose al ―exacto cumplimiento de los deberes que el cargo le imponga” Por lo que habrá que hacer una interpretación extensiva de las facultades del Procurador y sobre todo del alcance de los conceptos empleados; así pues, cuando se señala al Procurador la facultad “promover recursos judiciales o administrativos para la protección de los Derechos Humanos”, debe admitirse que la expresión “recursos judiciales”, está referida a la promoción de acciones ante la jurisdicción constitucional, (Habeas Corpus, Amparo e Inconstitucionalidad de leyes) entendiéndose que también se refiere a las acciones ante la jurisdicción internacional, las cuales caben dentro del concepto “recurso” entendido este en términos genéricos como ―impugnación‖ de una acción o resolución u omisión de esta. 
592 |a Marco Teórico -- Doctrinas sobre la existencia y finalidad del estado -- Control del poder político -- El derecho del estado a su seguridad -- La doctrina de la seguridad democrática -- Protección de los derechos humanos -- Protección internacional de los derechos humanos. 
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