Sumario: | El presente trabajo consiste en la importancia de los tipos de terminaciones para el registro de marcas, destacando punto por punto aspectos generales en cuanto a la PI, como su concepto, antecedentes y características. En su desarrollo se mencionan las diferentes leyes de PI vigentes en nuestra legislación. Establece la relación de la Ley 380 LMOSD, con otros instrumentos jurídicos nacionales e internacional como por ejemplo la Constitución Política de Nicaragua, convenios y tratados internacionales, suscritos con otros países y organizaciones mundiales, como la OMPI, BIRPI, entre otros para la buena aplicación del marco jurídico con respecto al registro de marcas. Para desarrollar este trabajo se retoman las reformas y adiciones que para el año 2020 se han realizado en la Ley 380 LMOSD, así mismo el Decreto No. 83-2001, Reglamento de la Ley 380 LMOSD, en lo que respecta a la presentación de la solicitud hasta a culminación del tramité de registro de marcas. El diseño del trabajo se enfoca en el desarrollo de cuatro capítulos, cada uno relacionado al procedimiento de registro de una marca, los derechos conferidos y como eje principal los tipos de terminación, clasificados en acciones de vía judicial y por solicitud del titular, que son la nulidad, la cancelación y la renuncia
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