Sumario: | Este artículo pretende considerar aspectos de gran variedad, para así proveer a diversos órganos y organismos públicos, de datos valiosos y actualizados que bien pueden ser empleados para redireccionar lo tocante a la dirección y la planificación del desarrollo en todo el territorio nacional, sin distingos del campo de actividad que se requiera: social, educativo, agroalimentario, económico, etc.; y sin que se obvie o excluya a ninguna institución de la administración central o Descentralizada. El fin primordial del presente aporte fue determinar la vinculación entre el Plan Nacional de Desarrollo y los presupuestos públicos sometidos a aprobación de la Asamblea Legislativa por parte del Poder Ejecutivo, esto tomando en cuenta que entre ambos debería darse un ligamen irrompible, dirigido indefectiblemente hacia el desarrollo nacional, sea en el campo educativo, de salud pública, infraestructura vial, resguardo del ambiente, por citar solo algunos. Lo anterior, con sustento en la Constitución Política, en la Ley de Planificación Nacional 5525 y en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos 8131.
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