La Política Institucional del Poder Judicial de Costa Rica y la garantía del acceso a la justicia de la población adulta mayor víctima de violencia doméstica en los juzgados contra la violencia doméstica de Alajuela, Cartago, Bribrí y Buenos Aires de Puntarenas en el año 2019 /

El acceso a la justicia siempre ha sido un anhelo para todas las personas que han visto el menoscabo de sus derechos de una u otra manera. Históricamente, se ha asociado a la posibilidad de acudir a estrados judiciales de forma objetiva; sin embargo, no es suficiente. Se requiere de poder llegar a l...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Martínez Hernández, Cristian A.
Formato: Tesis Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: San José, Costa Rica : C. A. Martínez H., 2021.
Materias:
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502 |a Trabajo final de graduación (Maestría en Estudio de la Violencia Social y Familiar) Sistema de Estudios de Posgrado. UNED, 2021. 
520 3 |a El acceso a la justicia siempre ha sido un anhelo para todas las personas que han visto el menoscabo de sus derechos de una u otra manera. Históricamente, se ha asociado a la posibilidad de acudir a estrados judiciales de forma objetiva; sin embargo, no es suficiente. Se requiere de poder llegar a los tribunales, sea porque se realizó la gestión en el mostrador del Juzgado como lo permiten algunas materias, o bien, por medio del acompañamiento de una persona profesional en Derecho. De este modo, el acceso a la justicia es mucho más amplio, no solo abarca el hecho llegar a los estrados a denunciar o demandar, también incluye la posibilidad de ser escuchado el discurso del trámite de manera pronta, ágil y sin dilaciones. En muchos casos con acompañamiento técnico y con una solución apresurada a lo requerido, tanto por la persona juzgadora que dicta la sentencia en primera instancia, como por quien debe responder con prontitud en caso de ser apelada la resolución. Esa prontitud es urgente para algunos ciudadanos y para algunos grupos poblacionales específicos, entre los que se destacan las personas adultas mayores, que no solo requieren una pronta solución para su caso, sino que una atención y consideraciones particulares por el grupo etario en que se encuentran. Lo anterior, supone que la premura, en muchos casos y procesos, es la norma. Sin embargo, dentro de este marco, se analiza que, precisamente,al ser un grupo poblacional que no es homogéneo en su integración ni en el tipo de denuncias que presentan en estrados judiciales, es difícil de solucionar con rapidez. Lo anterior, obliga al Estado por medio del Poder Judicial y sus tribunales a ejecutar de manera efectiva la justicia con las consideraciones dadas; porque la atención y las decisiones que se toman deben estar acorde con las condiciones particulares que puedan presentar las personas adultas mayores. 
610 2 4 |a CONSEJO NACIONAL PARA LA PERSONA ADULTA MAYOR (CONAPAM) 
650 4 |a VIOLENCIA CONYUGAL 
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