ACUERDO N°7-2000 (DE 19 DE JULIO DE 2000) "LOS BANCOS OFICIALES, LOS BANCOS DE LICENCIA GENERAL Y LOS BANCOS DE LICENCIA INTERNACIONAL DEBERAN EVALUAR, CLASIFICAR Y CONSTITUIR PROVISIONES SOBRE LA CARTERA DE INVERSIONES EN VALORES, CON BASE A LOS CRITERIOS DEL PRESENTE ACUERDO"
Formato: | Seriadas |
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Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Panamá
, Martes 8 de agosto de 2000
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Materias: |
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