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LEADER |
03374nam a2200313 a 4500 |
001 |
000041130 |
005 |
20241112130243.0 |
008 |
030320s2002 cr grm ||||| spa d |
035 |
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|a 7359633
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040 |
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|a Sistema de Bibliotecas de Universidad de Costa Rica
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099 |
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9 |
|a TFG 21945
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100 |
1 |
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|a Soto Avila, Steven
|e Autor/a
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245 |
1 |
4 |
|a Las ventajas y desventajas de orden social y jurídico del proyecto de ley de promoción del empleo juvenil, N° 13.818, y las reformas que requieren para su viabilidad /
|c Steven Soto Avila ; directora Ana Lorena Castro Corrales.
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260 |
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|a San José, C.R.,
|c 2002.
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300 |
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|a viii, 146 hojas.
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502 |
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|a Tesis (licenciatura en Derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2002.
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520 |
3 |
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|a El origen del Proyecto de Ley de Promoción del Empleo Juvenil proviene de dos causas sociales y dos econbmicas. Las causas sociales son el desempleo y el subempleo. Las económicas son la pobreza y la falta de beneficios a empresas que estimulen la inserción de jóvenes en este campo. Esta iniciativa del Poder Legislativo tiene su origen en la legislación Uruguaya, ya que es ahí donde en 1999 se promulga la Ley de Formación e Inserción laboral para Jóvenes. El Proyecto, contiene cuatro modalidades contractuales, que una vez implementadas en la Legislación costarricense, tienen como objetivo el promover la inserción, formación y contratación laboral de estos, mediante distintos beneficios económicos a las empresas que los contraten. Los beneficios que se otorgarán a las empresas son: 1. Exonerar del pago del aporte patronal al Instituto Nacional de Aprendizaje, dependiendo de la cantidad de los jóvenes contratados. 2. Deducciones directas al impuesto sobre la renta. 3. No pagar indemnización por despido al finalizar el plazo del contrato. Las empresas deberán tener una serie de requisitos si quieren acceder a las modalidades contractuales: 1. Estar en situación regular de pagos con la Caja Costarricense del Seguro Social y al día con los pagos a la Dirección General de la Tributación Directa 2. No haber efectuado despidos de personal permanente que realice iguales o similares funciones sesenta días anteriores a la contratación. 3. Tener un año de antigüedad en el país. 4. No tener más del 20% de empleados bajo esta modalidad del total de la empresa. La primera de las modalidades contractuales contenida dentro del Proyecto de Ley es el Contrato de Práctica Laboral, dirigida al joven quien busca su primer empleo en un área vinculada con su preparación, no incluyendo la participación de instituciones educativas que controlen o supervisen los logros y experiencia alcanzada. Es necesario que los jóvenes tengan entre dieciocho...
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650 |
0 |
7 |
|a TRABAJO DE JOVENES
|x LEGISLACION
|z COSTA RICA
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650 |
0 |
7 |
|a CONTRATOS DE TRABAJO
|z COSTA RICA
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650 |
0 |
7 |
|a DERECHO DEL TRABAJO
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650 |
0 |
7 |
|a PRACTICAS DE LA ENSEÑANZA
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700 |
1 |
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|a Castro Corrales, Ana Lorena
|e Director/a del TFG
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856 |
4 |
1 |
|u https://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/1381
|y Ver documento en repositorio
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912 |
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|a 28-FEB-2014 - FALLAS GARRO, PAOLA
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917 |
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|a 20-MAR-2003 - HERNANDEZ GUZMAN, MARLIN TAYIRA
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916 |
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|a Centro Catalográfico
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907 |
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|a Facultad de Derecho
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919 |
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|a Ciencias Sociales
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921 |
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|a proyecto fin de carrera
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