Análisis del sigilo bancario en el artículo 113 Ley 521 Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros, en la prevención de lavado de activos para el órgano de control en su fiscalización de los servicios fiduciarios bancarios de Nicaragua

Este trabajo monográfico se realizó bajo el contexto actual de la regulación del sigilo bancario contemplado en el artículo 113 de la Ley 561 Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros en materia de prevención de lavado de activos para el órgano de control en...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Vidaurre, Pablo David | Mayorga Martínez, Greysel Gisselle | Cruz Marenco, Mirna Elizabeth | Habed Blandón, Victor Manuel Habed Blandón Victor Manuel
Formato: Libro
Lenguaje:Undetermined
Publicado: Nicaragua | MANAGUA UNAN, Managua 2021
Materias:
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040 |b  Español (ES)  |a Centro de Difusión de las Humanidades (CDIHUM) 
082 |a DER 378.242 Vid 2021 
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245 0 |a Análisis del sigilo bancario en el artículo 113 Ley 521 Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros, en la prevención de lavado de activos para el órgano de control en su fiscalización de los servicios fiduciarios bancarios de Nicaragua 
260 |a Nicaragua | MANAGUA   |b UNAN, Managua  |c 2021 
300 |a 95 páginas : ilustraciones 
500 |a Derecho-(Licenciados en Derecho)-Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua 
520 |a Este trabajo monográfico se realizó bajo el contexto actual de la regulación del sigilo bancario contemplado en el artículo 113 de la Ley 561 Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros en materia de prevención de lavado de activos para el órgano de control en su fiscalización de los servicios fiduciarios bancarios de Nicaragua. La presente monografía está versada en el sigilo bancario contemplado el artículo 113 de la Ley 561 “Ley General de Bancos Instituciones No Bancarias y Grupos Financieros”, disposición que según nuestra hipótesis puede obstaculizar a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, como órgano de control, a la identificación de las personas naturales (beneficiarios finales), en la estructura jurídica del fideicomiso. A la luz del análisis realizado y tras los resultados obtenidos a través de la opinión de los especialistas en la materia se dispone de evidencia suficiente para poder rechazar la hipótesis realizada en esta investigación y como resultado no hay una recomendación para solucionar la problemática planteada. La metodología utilizada en esta investigación es cualitativa, aplicando el método analítico de la regulación del sigilo bancario contemplado en el artículo 113 de la Ley 561 Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros, y el método práctico con la aplicación de entrevistas a especialistas de la materia, que facilitó la recolección de la información para el cumplimiento de los objetivos propuestos en la presente investigación. Al concluir esta monografía, se logró dar cumplimiento a cada uno de los objetivos específicos que trazamos para este trabajo y así comprobamos que la hipótesis que se planteó al inicio de esta investigación no se comprobó; que el sigilo bancario operante de las instituciones bancarias proveedoras de servicios fiduciarios no obstaculiza al órgano de control (SIBOIF) en la identificación de los beneficiarios finales (fideicomitente, fideicomisario) en esta actividad jurídico-financiera en el sistema de prevención de lavado de activos 
650 |a Derecho bancario | Fideicomiso-España | Fiscalización | Derecho-Monografías-2021 
856 |y http://repositorio.unan.edu.ni/id/eprint/15442 
999 |c 85498