Sumario: | A través de la historia del Derecho, desde la época romana se establecieron criterios importantes para la función jurisdiccional en ese momento y que a medida que avanzaba se fueron desarrollando y adaptando con el pasar de los tiempos. En este trabajo estudiaremos un principio que procede de la época romana y es el principio de la "Reformatio In Peius" y analizaremos cómo procede su aplicación en el sistema judicial panameño en la Rama Civil, por lo que es de nuestro entero conocimiento que este principio como institución del Derecho Procesal debe respetarse por parte de los jueces que imparten justicia. El objeto de estudio de este trabajo es, determinar si el juez de segunda instancia, presentado el recurso de apelación por el único apelante, puede modificar, reformar, cambiar la sentencia desfavoreciendo al impugnante. Utilizando el método dogmático podemos desarrollar esta institución y lograr percibir que este principio produce una limitante para el juzgador de segunda instancia al momento que éste sólo está facultado para modificar en lo desfavorable al apelante y no le es permitido reformar lo favorable de la sentencia. Este principio está ligeramente consagrado en nuestro Código Judicial en lo que le prohíbe desmejorar la calidad jurídica del apelante y que el juez de la segunda instancia solo puede enmendar o revocar lo que es objeto del recurso presentado.
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