Respuestas efectivas en violencia de género: materias pendientes : observatorio de equidad de género en salud. Informe 2006 /

En octubre de 2005 se promulgó la nueva ley de violencia intrafamiliar. Se generaron expectativas en cuanto a la capacidad de esta normativa para superar las deficiencias de la lay anterior en materia de protección de las víctimas y sanción de los agresores. Ello porque posiblita la sanción penal, a...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Calvin, María Eugenia (Autor)
Otros Autores: Matamala, María Isabel (Coordinación)
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Chile : Organización panamericana de salud, 2007
Edición:Primera edición
Colección:Observatorio de equidad de género en salud
Materias:
LEADER 02339nam a2200385 i 4500
001 044272
003 OSt
005 20170816143925.0
007 ta
008 170303t2006 cl a|||f||||| 001 0 spa||
040 |a Sistema de Bibliotecas de la Universidad Especializada de las Américas 
041 |a spa  |h spa 
082 |2 21  |a 362.83  |b C139 
100 |4 Autor  |a Calvin, María Eugenia 
245 |a Respuestas efectivas en violencia de género: materias pendientes :   |b observatorio de equidad de género en salud. Informe 2006 /   |c María Eugenia Calvin, María Isabel Matamala 
250 |a Primera edición 
260 |a Chile :   |b Organización panamericana de salud,   |c 2007 
264 |a Chile :   |b Organización panamericana de salud,   |c 2007 
300 |a 50 páginas :   |b ilustrado ;   |c 27 cm 
440 |a Observatorio de equidad de género en salud  |n 5 
501 |a Incluye índice general 
501 |a Incluye recomendaciones del observatorio 
504 |a Incluye bibliografía 
505 |a Capítulo I. VIOLENCIA DE GÉNERO, CONTEXTO Y CONSENSOS INTERNACIONALES Capítulo 2. ABORDAJE DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LAS POLÍTICAS PUBLICAS CHILENAS Capítulo 3. SITUACIÓN DE LOS INDICADORES DEL CAMPO DE OBSERVACIÓN VILENCIA DE GÉNERO  
520 |a En octubre de 2005 se promulgó la nueva ley de violencia intrafamiliar. Se generaron expectativas en cuanto a la capacidad de esta normativa para superar las deficiencias de la lay anterior en materia de protección de las víctimas y sanción de los agresores. Ello porque posiblita la sanción penal, al reconocer que en determinadas condiciones la violencia intrafamiliar constituye delito, entregando mayores atribuciones a los jueces de familia para dictar las medidas de protección y a la policia para detener a los agresores que quebranten dichas medidas o sean sorprendidos en flagrancia. 
650 |2 lembs  |a VIOLENCIA CONYUGAL 
650 |2 lembs  |a VIOLENCIA 
650 |2 lembs  |a DERECHOS HUMANOS  |9 2615 
653 |a GÉNERO 
700 |4 Coordinación  |a Matamala, María Isabel 
942 |2 ddc  |c BK 
991 |a 03-03-2017 
992 |a caridad alvarado 
999 |c 12562  |d 12562 
952 |0 0  |1 0  |2 ddc  |4 0  |6 362_830000000000000_C139  |7 0  |9 23221  |a 04  |b 04  |d 2017-03-03  |e Donación  |f C   |g 5.00  |i 044272  |l 0  |o 362.83 C139  |p 044272  |r 2017-03-03  |t ej. 1  |v 5.00  |w 2017-03-03  |y BK